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Todos los derechos del pasajero

En VuelosEuropa.INFO tienes toda la información necesaria sobre tus derechos como pasajero de un vuelo en caso de overbooking (denegación de embarque por sobreventa de billetes avión), retrasos de vuelos, cancelaciones de vuelos, reclamaciones sobre el equipaje (rotura, deterioro, pérdida o retraso de tu equipaje en vuelos), lesiones corporales o muerte en caso de accidentes en un vuelo, los derechos de los pasajeros especiales, (personas con movilidad reducida, mujeres embarazadas, menores de doce años), daños sufridos en los vuelos incluidos en viajes combinados. ¡ Consulta todos los derechos del pasajero !


¿ Qué hacer en caso de CANCELACIÓN del VUELO ?

De acuerdo con el Reglamento Europeo n. 261 del 2004 el pasajero tendrá derecho a indemnizaciones por cancelaciones de vuelos cuando:

  • sea un vuelo de salida desde un aeropuerto comunitario;
  • sea un vuelo con salida desde un aeropuerto de un país no comunitario (en caso que no haya normas que dispongan compensaciones y asistencia) con destino a un aeropuerto comunitario y la compañía aérea encargada de realizar el vuelo sea de la Unión Europea;
  • el pasajero tenga una reserva confirmada en el vuelo, con un billete (impreso o electrónico) o con otra prueba de que ha sido aceptada y registrada por la aerolínea;
  • el pasajero se presente a facturación en las condiciones requeridas y a la hora indicada previamente y por escrito, incluso por medios electrónicos (en el caso de no indicarse la hora, con una antelación mínima de 45 minutos respecto de la hora de salida del vuelo);
  • el pasajero, disponiendo de reserva para un vuelo, se ha visto obligados a hacer un transbordo a otro vuelo o avión.

Derecho a una compensación (indemnizaciones por cancelaciones de vuelos)

En caso de cancelaciones vuelos la aerolínea deberá en primer lugar pagarte una indemnización económica mínima (o compensación automática por cancelación):

  • 250 euros para vuelos de menos de 1500 km;
  • 400 euros para vuelos más largos efectuados en el interior de la UE y otros vuelos comprendidos entre 1500 y 3500 km;
  • 600 euros para los vuelos de más de 3500 km efectuados fuera de la UE.

Derecho al reembolso o a un transporte alternativo

En caso de cancelación vuelo el pasajero afectado, además de a las compensaciones mencionadas (indemnizaciones por cancelación vuelo), podrá elegir entre:

  • reembolso del coste íntegro del billete avión sin penalización del precio del billete. El reembolso del coste del billete deberá realizarse en siete días a contar desde la fecha en que debió realizarse el vuelo y se efectuará en metálico, transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios;
  • en el caso de vuelos combinados si el vuelo cancelado, de acuerdo al plan inicial del pasajero, ya no tiene razón de ser, la aerolínea deberá rembolsar al pasajero no sólo el coste íntegro de la parte o partes del viaje no efectuadas sino también el coste íntegro de aquella parte o partes del viaje que hayan sido efectuadas. Además el pasajero tiene derecho a un vuelo gratis de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible. Por otro lado si el pasajero quiere seguir con su plano de viaje inicial, se aplicarán los apartados siguientes;
  • el transporte lo más rápidamente posible hasta el lugar de destino;
  • el transporte en una fecha posterior que convenga al pasajero en función de los asientos disponibles.

Derecho a atención

La compañía aérea deberá ofrecer de forma gratuita a los pasajeros que hayan sufrido la cancelación de su vuelo::

  • los gastos de comunicaciones del pasajeros para contactar con la familia, la empresa etc.: 2 llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, correos electrónicos;
  • comida y bebida suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar;
  • el alojamiento en un hotel en el caso de que sea necesario pernoctar una o varias noches;
  • los gastos de desplazamiento entre los distintos aeropuertos en el caso de que se ofrezca al pasajero un vuelo con dirección a otro aeropuerto distinto del elegido como aeropuerto de destino y cercano a éste último;
  • la compañía aérea prestará atención especial a las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes así como las de los menores no acompañados.

¿ Cuándo la compañía no es responsable por cancelaciónes de vuelos ?

  • La compañía aérea encargada de efectuar el vuelo no está obligada a pagar una indemnización si puede probar que la cancelación del vuelo se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables;
  • en el preámbulo del mencionado Reglamento CE (PDF 84 kb.) se afirma que dichas circunstancias extraordinarias pueden producirse, en particular, en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de la aerolínea;
  • cuando el pasajero haya sido informado de la cancelación al menos con 2 semanas de antelación con respecto a la hora de salida vuelo prevista;
  • cuando el pasajero haya sido informado de la cancelación vuelo con una antelación entre 2 semanas y 7 días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de 2 horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de 4 horas de retraso con respecto de la hora de llegada prevista;
  • en el caso de que el pasajero haya sido informado de la cancelación vuelo con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de 1 hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de 2 horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista;
  • es la compañía aérea que tiene que demostrar si y cuando haya informado al pasajero de la cancelación del vuelo. Por tu interés es necesario que facilite tus datos de contacto a la aerolínea o a la agencia de viajes para que puedan mantenerte informado;
  • cuando la compañía aérea informe al pasajero de la cancelación vuelo, deberá también informarle sobre los posibles transportes alternativos;
  • no se aplicarán las normas de citado reglamento en el caso de que un viaje combinado se cancele y el motivo no sea la cancelación del vuelo.

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